La regulación del Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Cádiz se encuentra contenida en la Ordenanza municipal reguladora del Registro, aprobada definitivamente por el Pleno del Ayuntamiento de Cádiz en fecha 24 de septiembre de 2012 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia en fecha 30 de octubre de 2012.
¿Qué es el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Cádiz?
El Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Cádiz es un registro público, de ámbito municipal, que pretende regular el proceso de selección de adjudicatarios de todas las viviendas sujetas a cualquier régimen de protección pública, que vayan a ser objeto de promoción y adjudicación, tanto en venta como en alquiler, en el municipio de Cádiz, sean promovidas o no, por la sociedad municipal de vivienda de Cádiz, PROCASA.
El Registro es de titularidad municipal pero su gestión ha sido encomendada por el Ayuntamiento a la sociedad municipal de vivienda de Cádiz, PROCASA (www.procasacadiz.es), con domicilio en calle Bóvedas de Santa Elena s/n, 11006-Cádiz, tfno.: 956808040, e-mail rd@procasacadiz.es
El servicio que ofrece el Registro municipal va dirigido a todas aquellas personas físicas, mayores de edad, que quieran formar parte de un proceso de selección para la adjudicación de una vivienda bajo cualquier régimen de protección pública, en la ciudad de Cádiz. A tal fin, los interesados deberán solicitar su inscripción en el Registro, previa petición de cita, aportando para ello, toda la documentación que le sea requerida o bien prestando su consentimiento para que sea el propio Registro quien, de oficio, la solicite a otras Administraciones Públicas.
El solicitante de la inscripción deberá indicar el tipo específico de vivienda que solicita y el régimen de tenencia: venta, alquiler o alquiler con opción de compra. Para acceder a viviendas en venta, los ingresos corregidos tendrán que ser superiores a 1 vez el IPREM.
Los solicitantes de inscripción no podrán tener vivienda en propiedad en todo el territorio nacional y deberán cumplir además con los requisitos de nivel de ingresos económicos determinados en la Ordenanza municipal reguladora del Registro, para cada una de las tipologías de vivienda.
Asimismo, las solicitudes de inscripción para optar a viviendas en régimen de alquiler, serán objeto de baremo, conforme a los criterios y puntuación establecidos en la referida Ordenanza municipal.
Los solicitantes podrán instar su solicitud de inscripción a través de tres medios:
– De manera presencial, previa solicitud de cita, acudiendo personalmente a las oficinas de PROCASA o a través del teléfono 956808040.
– Por teléfono, llamando al 902 125 888, debiendo acudir posteriormente a la sede de PROCASA para proceder únicamente a la firma de la solicitud, en un plazo máximo de 15 días.
– On line, a través de la web, sin firma electrónica. El usuario cumplimenta la solicitud, debiendo acudir posteriormente a las oficinas de PROCASA, con el fin de firmarla en un plazo máximo de 15 días.
– On line, a través de la web, con firma electrónica. De esta forma, el solicitante puede culminar el proceso de solicitud de inscripción, directamente desde un ordenador en su domicilio.
Enlace para la obtención de la firma electrónica o certificado digital
El Registro permanecerá abierto indefinidamente, pudiéndose presentar solicitudes en cualquier momento PREVIA SOLICITUD DE CITA. No obstante, las solicitudes presentadas e inscritas hasta el 30 de diciembre del año en curso para optar a viviendas en venta y a viviendas en alquiler con opción de compra, entrarán en el siguiente sorteo de selección de adjudicatarios que se celebre. Dicho sorteo determinará el orden de prioridad en la adjudicación de esta tipología de viviendas.
En el caso de viviendas en venta y alquiler con opción a compra, se celebrará un sorteo entre todos aquellos solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza reguladora del Registro.
Las viviendas en alquiler serán adjudicadas siguiendo el criterio de baremo establecido en la citada Ordenanza.
Únicamente deberán aportar documentación los solicitantes que se incluyan en un grupo de especial protección, los cuales deberán acreditarlo documentalmente.
Para cualquier duda, puede Vd. llamar al TELÉFONO DE INFOVIVIENDA de la Junta de Andalucía, 902 125 888, donde además de facilitarle información, le podrán cumplimentar telefónicamente la solicitud de inscripción en el Registro.
La inscripción estará vigente durante un periodo de tres años desde que fuera practicada o desde la última actualización o modificación de los datos realizada por el demandante inscrito. En los tres meses anteriores a la finalización del período de vigencia señalado, el interesado podrá solicitar la renovación de la inscripción practicada.
A estos efectos, el Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas comunicará telemáticamente o por cualquier otro medio admitidos en derecho, con una antelación mínima de tres meses, esta circunstancia a los demandantes inscritos, al objeto de ejercer la facultad de solicitud de la renovación en el plazo señalado en el apartado anterior.
Al finalizar el periodo de vigencia sin que se hubiese procedido a la renovación, la inscripción quedará cancelada.
Descargar Solicitud de inscripción
Inscripción registro municipal de demandantes de vivienda protegida de Cádiz
Baremación de inscripciones para viviendas en alquiler MARZO de 2023
4.159 Inscripciones valoradas. Máxima puntuación: 20 puntos.
Salvo las excepciones reguladas en el articulo 13 de Reglamento de Viviendas Protegidas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el orden establecido en este listado será para la adjudicación de viviendas en alquiler, de nueva construcción y de segundas o posteriores adjudicaciones.
Esta baremación tendrá validez hasta la siguiente publicación. Para la que previamente se procederá a realizar una nueva valoración de todas las inscripciones, incluyendo las nuevas que se reciban en ese periodo, que dará lugar a un nuevo listado puntuado según baremo.
Antes de la adjudicación de una vivienda el Registro comprobará que las circunstancias familiares, económicas y sociales que han dado lugar a la puntuación de una inscripción se mantienen o por el contrario han sufrido variaciones al haber cambiado las circunstancias de la unidad familiar sin que estas modificaciones hayan sido comunicadas al Registro. Por tanto, las motivaciones que han dado lugar a una puntuación han de mantenerse hasta la adjudicación de una vivienda. Esta situación podría dar lugar a que la vivienda se le adjudique a la unidad familiar siguiente según baremo.
Las viviendas se adjudicarán según el número de dormitorios de las mismas y su adecuación al número de miembros de la unidad familiar correspondientes.
Las personas incluidas en esta lista podrán comprobar su puntuación aplicando el baremo incluido en la Ordenanza Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida a los datos correspondientes que aparecen en la Resolución de Inscripción que este Registro ha remitido a cada solicitante. En caso de disconformidad con la puntuación obtenida podrá solicitar ser atendido y justificar documentalmente las situaciones no contempladas en esta baremación, pidiendo cita previa a los teléfonos 956808463 y 660552219 o al correo electrónico rd@procasacadiz.es.
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